Conoce los últimos cambios de la Ley de Autónomos
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Conoce los últimos cambios de la Ley de Autónomos

Tiempo de lectura: 6 min
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A finales del 2016 se anunciaron grandes modificaciones Ley de Autónomos, desde entonces el texto se ha revisado en varias ocasiones, en algunas de las normas y bonificaciones que ofrece. Para que estés al día queremos comentarte algunos de los cambios que se han realizado en la Ley de Autónomos en los últimos años. ¿Quieres conocerlos?

Cambios en la Ley de Autónomos

#1 Tarifa plana para autónomos

Una de las ventajas que tienen los autónomos es que la primera vez que una persona se da de alta en la Seguridad Social como tal, puede disfrutar de una tarifa plana de 50 euros. En 2016 esta tarifa era para los 6 primeros meses después de haberse dado de alta por primera vez como autónomo. Pero con la reforma de la Ley de Autónomos, se podrá disfrutar de esta tarifa plana de 50 euros durante 12 meses.

Se debe tener en cuenta que los hombres menores a 30 años y las mujeres menores de 35 que no se hayan dado nunca de alta como autónomos o no hayan cotizado previamente en el RETA, tendrán una reducción adicional equivalente al 30% sobre la cuota por contingencias comunes durante los 12 meses siguientes a la bonificación anterior y podrán darse de alta y baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social hasta tres veces al año.

#2 Cotización

Además, los autónomos podrán:

  • Deducirse las partidas dirigidas a gastos de suministros (agua, luz, gas…) hasta un 20% de su importe.
  • Los gastos derivados del teléfono e Internet también serán desgravables hasta un 50%, siempre y cuando se disponga solo de una línea.
  • El IVA del coche y los gastos que no sean derivados del mantenimiento del mismo, podrán desgravarse hasta un 50%.

La manera de cotizar de los autónomos también va a sufrir modificaciones. Con la reforma, los trabajadores cotizarán el 100% del trabajo por cuenta propia con la pensión y desgravarse gastos de manutención, como por ejemplo comidas o desplazamientos, siempre y cuando sean justificables. Por ello es importante guardar los tickets y recibos.

Además, también se permitirá cambiar la base de cotización hasta cuatro veces al año en vez de dos como ocurre hasta ahora. Si un autónomo ha estado 2 años sin haber trabajado y vuelve a darse de alta en la Seguridad Social, podrán volver a disfrutar de la tarifa plana.

A partir del 1 de enero de 2018:

  • Reducción de los 12 primeros meses (en un 80%) y de los 48 siguientes (del 50%) en los casos de discapacidad o de personas víctimas de la violencia de género o terrorista.
  • Los autónomos colaboradores tendrán una reducción de 12 meses del 100% de las cuotas a pagar.  
  • En caso de pluriactividad con contrato por cuenta ajena a jornada completa, se establece una deducción durante 18 meses, del 50%. En los 18 meses posteriores esta rebaja será del 25%.

#3 Envío de las facturas

Con la reforma de la Ley de Autónomos, las facturas se deberán enviar antes del día 16 del mes siguiente de que la fecha del IVA de las operaciones facturadas haya vencido.

#4 Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

Está previsto que el Salario Mínimo Interprofesional suba un 8%. Esta subida significa que pymes y autónomos tendrán que hacer frente a unos costes salariales más elevados que los actuales. Aunque está claro que el SMI subirá, aún no se ha acordado si solo se establecerán tres tipos de contratos o no. Estos serían: de formación, temporal e indefinido.

#5 Base mínima de la cuota de autónomos

La base mínima de la cuota el año pasado subió un 1% en su base mínima. Este año aún está por confirmar y dependerá de la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

#6 Base máxima de la cuota de autónomos

Se prevé que la base máxima crezca un 3% aproximadamente. Por tanto, se dejaría la base máxima de cotización en 3.751 euros, casi 10 euros más al mes que en 2016.

#7 Aplazamiento del IVA

El aplazamiento del IVA será más complicado, ya que no se podrá ni aplazar ni fraccionar el pago de deudas tributarias a no ser que se justifiquen. Para poder solicitar el aplazamiento del IVA, se deberá presentar el Modelo 303, donde se deberá recoger la cantidad que corresponda a deudas por impago de los clientes. Así como, gestionar el aplazamiento de su pago en Hacienda en el momento que se presente el Modelo.

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#8 Normativa SEPA

La normativa SEPA (Single Euro Payment Area) también padecerá cambios con la reforma de la Ley de Autónomos. Los plazos de cobros, los mandatos y el COR1 son los apartados donde se introducirán las modificaciones. Ahora el COR1 pasará a llamarse CORE.

#9 Reglamento General de Protección de Datos

El Reglamento General de Protección de Datos padeció sus cambios y modificaciones en mayo de 2016. Estos cambios otorgan un plazo de hasta dos años para que los autónomos y pymes lo apliquen

#10 Maternidad o paternidad para autónomos

Los autónomos que se encuentren de baja por maternidad o paternidad podrán beneficiarse de una bonificación del 100% en la cuota de Seguridad Social del trabajador que lo sustituya. Además, en caso de las madres que se encuentren de baja por maternidad o por un embarazo con riesgo quedarán extensas de pagar la cuota mensual RETA. En caso de los padres, el permiso de paternidad se amplía de 13 días ininterrumpidos a 4 semanas ininterrumpidas.

#11 Conciliación de vida laboral con familiar

Todos los trabajadores autónomos que contraten a trabajadores en situación de conciliación de vida familiar y laboral, que estén a cargo de menores de siete años o personas en situación de dependencia, también podrán disfrutar de una bonificación del 100% en la cuota de autónomos.

#12 Familiares Colaboradores

Aquellas personas que se den de alta por primera vez como familiares colaboradores de trabajadores autónomos, tendrán una bonificación del 50% durante los primeros 18 meses después de haberse dado de alta en la Seguridad Social.

#13 Calendario

Por lo que hace al calendario laboral y fiscal, ya está disponible para consultar las modificaciones que se le han hecho.

Dentro de la reforma de la Ley de Autónomos, también encontramos otras modificaciones como por ejemplo:

  • Nuevas sanciones para casos de morosidad.
  • Mejora de la Ley de Segunda Oportunidad.
  • Rebaja de 10 puntos en el Impuesto de Sociedades.
  • Posibilidad de modificación de sanciones por retrasos en el pago de cuotas en el RETA. Estas sanciones, dependiendo la demora del pago, pueden variar entre un 3 y 20%.

Estas son algunas de las normas y bonificaciones que se van a modificar o introducir este 2018 en la Ley de Autónomos. Aun así, no hay nada definitivo, ya que puede cambiar dependiendo de las reformas previstas por los distintos gobiernos

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Ester Ribas

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41 comentarios en Conoce los últimos cambios de la Ley de Autónomos

  1. Cuando hablan de autónomos, también se refieren a los autónomos que son administradores de una pequeña SL o este tipo de autónomos no tienen posibilidad de acogerse a ese tipo de ayudas?
    Gracias por la aclaración

    1. Hola Antonio, muchas gracias por tu comentario. En principio, debería valer para toda clase de autónomos. Igualmente, te recomiendo que lo consultes ya que siempre hay excepciones incluyendo el país o comunidad autónoma. Un saludo

  2. Gracias por toda la información! Muy buen artículo, muy necesario!! En nuestra web hicimos un Post sobre el tema en el que hablamos del IVA que pueden deducir los autónomos.

  3. Pascual García flores dice:

    Buenos días,llevo más de dos meses de baja por enfermedad,he preguntado si hay que pagar el autónomo y aún no saben nada,es esto verdad?

    1. Ana Martín del Campo Fernández-Paniagua dice:

      Buenos días, Pascual.

      ¿Qué tal? Supongo que como autónomo tendrás que acceder a la prestación por Incapacidad, con los nuevos cambios desde el 1 de enero de 2019, los autónomos no pagarán la cuota de autónomos a partir del segundo mes que se encuentren de baja y hasta que reciban el alta definitiva.

      Espero haberte ayudado.

      Un saludo.

  4. Hola buenas noches ,a mí me paso los 365 días de incapacidad temporal por una operación de columna y ahorra tengo una prórroga del INSS ,con la nueva ley tengo que seguir a cotizar la sehi social?

    1. Ana Martín del Campo Fernández-Paniagua dice:

      Buenos días, Mirela.

      ¿Qué tal? En este artículo hablamos de autónomos, para lo que tu preguntes te recomiendo mejor que solicites ayuda en una oficina de la Seguridad Social. Estoy segura que te podrán informar mejor en tu caso.

      Muchas gracias por leernos.

      Saludos.

  5. Buenas!
    Muy buen artículo, Se explica todo muy bien y queda claro. Ser autónoma implica la necesidad de adaptarse a cambios continuos, no es muy agradable, pero es el único modo. llevo diez años siendo autónoma y reconozco que no es fácil gestionar todos los aspectos de un negocio sin ayuda.
    Esta gestoría en Barcelona suele ofrecer buenos contenidos al respecto de todo lo que tiene que ver con la gestión de un negocio, y quienes sabemos lo que es ser autónoma en este país lo agradecemos mucho.
    Un saludo!

    1. Ana Martín del Campo dice:

      Buenas tardes, Elvira.

      ¿Qué tal? Muchas gracias por tu comentario. Me alegra mucho que te haya gustado el artículo.

      Un saludo.

  6. Rodrigo Martínez Arenas dice:

    Llevo 30 años de autónomo, los 10 últimos cotizando la base mínima incluido cese de actividad y accidente trabajo.
    Ultimas cotizaciones de 2018, 335,30€ en total/mes.
    ¿Que cuota me aplicarán por la misma cobertura en Enero 2019.

    1. Ana Martín del Campo dice:

      Buenas tardes Rodrigo,

      ¿Qué tal? Te aconsejo que Calculadora de Cuotas de Autónomos de esta forma obtendrás datos más precisos.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo.

  7. Gracias por toda esta información. Las modificaciones afectan a muchos aspectos a tener en cuenta y no saberlo puede suponer graves consecuencias. Un saludo

    1. Ana Martín del Campo dice:

      Buenas tardes, Nico.

      Muchas gracias por tu comentario, me alegra saber que te ha sido de ayuda.

      Saludos.

  8. Es un lío, cada año cambian cosas y pocas veces para mejor. Recientemente me he estado informando mucho acerca del tema, y no tenía ni idea de que a muchos trabajadores la empresa les exige hacerse autónomos. Visto lo visto, tendrán que cambiar todavía más las cosas.

    Adjunto artículo en que leí esta información, por si pudieran ampliarla en futuras entradas: https://www.lacentraldelnegocio.com/economia-colaborativa-peligro-del-incremento-la-figura-del-falso-autonomo/

    Un sludo y muchas gracias por la información!

  9. Gracias por toda la información pero con los cambio de las leyes, cada día estamos mas despistado.

    1. Ana Martín del Campo dice:

      Buenos días, Manuel.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo.

    1. Ana Martín del Campo dice:

      Buenos días,

      Muchas gracias por el comentario, me alegra que te haya gustado el artículo. No dudes en suscribirte al blog.

      Saludos.

  10. Hola , me di de alta en el RETA en octubre del 2017, tengo derecho a la bonigicación del año completo de la neva ley de autónomos.

    1. Ana Martín del Campo dice:

      Hola María,

      Esto deberías preguntarlo, en principio si que deberías, pero dependerá del porcentaje retenido durante 2017.

      Un saludo!

  11. Buenos días,
    Mi pregunta es la siguiente: estuve dada de alta en autónomos en el año 2006 durante un periodo de 2 años aproximadamente. Posteriormente deje de estar dada de alta en autónomos, y he sido trabajador por cuenta ajena hasta el pasado diciembre q solicite una excedencia. Ahora me gustaría darme de nuevo de alta en autonomos para llevar a cabo un proyecto comercial. ¿Tengo derecho a la tarifa plana de 50€/mes? Soy mujer y tengo 30 años cumplidos de septiembre.

    1. Hola Victoria,

      con los cambios en la Ley de Autónomos, actualmente, si has estado 2 años de baja en el RETA desde la última fecha de actividad por cuenta propia, 3 si ya habías solicitado la bonificación, puedes volver a beneficiarte de la tarifa plana de 50€, siempre y cuando la Seguridad Social te lo permita, porque hay algunos casos en los que no lo acepta.

      Esperamos haberte ayudado,

      un saludo!

  12. Buenos días:
    Me gustaria saber a partir de que salario en bruto estoy obligado a darme de alta de autonomo, si no estoy mal informado es a partir de 12.000 Euros anuales ¿no? es decir si yo hago ventas por internet o negocios online y gano menos de eso no estaria obligado por lo tanto hacienda no me podria reclamar nada.

    Un saludo

    1. Hola,

      en realidad el salario mínimo con el cual deberías darte de alta de autónomo es de 9.000 euros anuales, pero en caso de que no superaras estos 9.000€, no estás obligado a darte de alta de autónomo, pero sí a declarar el IVA de las facturas, ya que si no lo haces podrías padecer alguna penalización o multa.

      Esperamos haberte ayudado,

      un saludo!

  13. Hola.

    La Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo aprobada en el Senado el 11 de octubre de 2017 incluye importantes novedades en forma de nuevas bonificaciones para favorecer la conciliación familiar:

    Bonificación del 100% de la cuota durante la baja por maternidad o paternidad: las autónomas y autónomos que se encuentren de descanso por maternidad, paternidad, adopción o riesgos durante el embarazo contarán con una bonificación total de la cuota de autónomos sin necesidad de contratar una persona sustituta. La cuantía de la bonificación será resultante de la aplicación a la base media por contingencias comunes por la que hubiera cotizado en los doce meses inmediatamente anteriores a acogerse a la bonificación.

    Saludos.

  14. Hola estoy de baja de maternidad desde el dia 11 de octubre, me puedo beneficiar de quedar extensa de pagar la cuota mensual RETA? O al haber dado a luz antes de que se aprobara la ley ya no tengo derecho?

    1. Hola Monica,

      en principio ya podrías beneficiarte, aun así te recomiendo que lo hables con tu gestoría, ya que el tiempo entre dar a luz y la aprobación de la ley es un poco justo.

  15. Hola!
    Si me doy de alta de autónomos ahora, antes de que se apruebe la ley, una vez se apruebe, digamos que dentro de este año…los 50€ serán con carácter retroactivo? Es decir podré beneficiarme del año entero pagando solo 50€ o por el contrario solo tendré 6 meses?
    Muchas Gracias.

    1. Hola Susanna,

      en principio tendría que ser retroactivo, ya que si lo haces antes de la reforma, en tu caso, te habrás dado de alta con la ley antigua para así decirlo, por tanto, tendrías derecho a beneficiarte del año entero.

      Saludos!

  16. Hola, hace 4 años que me di de baja de autónomos y me interesaría volver a darme de alta. Según me informaron, pasados 5 años de la baja puedes volver a beneficiarte del descuento. Me preguntaba si con la nueva reforma cambia en algún sentido? Gracias

    1. Hola Silvia,
      en principio las bonificaciones y descuentos no se tocaban, por tanto quedaría igual. Aun así, estamos en lo de siempre. Todavía no ha salido la nueva ley reformada, y por tanto, no se puede asegurar que no haya sufrido modificaciones en este apartado. Pero en principio, según lo que se dijo en enero, si se tocaba algo en las bonificaciones y descuentos, sería para mejorarlo, y no para quitar «privilegios».

  17. Era para principios de año….
    Luego que si para abril….
    ¿Se sabe algo de cuando se aplicarán las reformas?

    1. Hola,
      la verdad es que no, todavía no se sabe nada, en cuanto entre en vigor os informamos.
      Saludos!

  18. HOLA TENGO 50 AÑOS Y NO TENGO TRABAJO Y ME INTERESA SABER MAS COSAS SOBRE AUTONOMOS.SI ME DOY DE ALTA UN AÑO VOI A PAGAR 50 EUROS Y SI NO ME BA BIEN ME PUEDO DAR DE BAJA O SOY OBLIGADA ESTAR MAS TIEMPO PAGANDO SI PODRIA DARME MAS INFORMACION GRACIAS. UN SALUDO

    1. Hola Gheorghita,
      Sí, en caso que te des de alta por primera vez, solo pagarás 50 euros. En caso que te hayas dado de alta y de baja anteriormente, esta bonificación la habrías perdido. Te puedes dar de baja cuando quieras, pero teniendo claro que si te das de baja antes de terminar el año, y al cabo de un tiempo te vuelves a dar de alta, no podrás recuperar los meses de bonificación que no gastaste.

    1. Hola Marina,
      en un principio, se dijo que en abril ya estaría reformada y aprobada, por tanto, ya te podrías beneficiar de ella, pero de momento no se ha confirmado nada. En seguida que se apruebe, lo publicaremos.

  19. A ver, esto quiere decir que si te das de alta como autónomi el día 20 de mes, solo pagas la parte proporcional de 10 días, y no la cuota entera de todo el mes

  20. No entiendo cómo un autónomo puede cotizar en función de los días trabajados. ¿Cómo se demuestran los días trabajados? No tiene sentido.

    1. Hola Ana,
      según la nueva reforma, el gobierno está estudiando adaptar el pago de las cuotas a la Seguridad Social en función de los días trabajados, y no por meses como se hace actualmente. Aun así, no está todo definido ya que la nueva Ley de Autónomos se prevé que salga a principios de abril, así que aun puede cambiar. La verdad es que no tiene mucho sentido y de momento no han dado más detalles sobre el tema. Cuando la reforma esté establecida, esperamos poder dar más información y especificaciones.

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