Imagínate la situación que te voy a exponer a continuación. Un día llegas al trabajo y sin previo aviso, tu empresa decide prescindir de tus servicios sin que tú tuvieras ni la más remota idea de que eso iba a suceder. ¿Cómo te quedas? No te asustes ni preocupes, si ha ocurrido esto, quizás estás frente a un despido improcedente, y todavía estás a tiempo de actuar. ¿Quieres saber qué puedes hacer? No te pierdas este post.
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¿Qué es un despido improcedente?
Cuando hablamos de despido improcedente nos referimos a cuando una empresa decide despedir a uno de sus empleados sin un motivo o causa justificada. Por ejemplo, antes de que venza el contrato.
Cuando un empleado es despedido y considera que no hay motivos justificables para que la empresa lo haya echado de su puesto de trabajo, a la hora de firmar la comunicación del despido, es necesario que al lado de la firma aparezca un “no conforme”. De esta manera, podrá llevar a cabo futuras reclamaciones.
Una vez firmada la comunicación del despido con un “no conforme”, lo primero que se tendrá que hacer será presentar una papeleta de conciliación en la magistratura laboral. Este proceso se realiza para intentar llegar a un acuerdo entre empleado y empresa, y así, evitar recurrir a la vía judicial.
Durante este proceso de acuerdo, el empleado tendrá que demostrar que las razones o motivos por los cuales la empresa alega haberlo despedido no se ajustan a la realidad. Por otra parte, la empresa, tendrá que explicar explícitamente, tanto en la carta de despido como en el acto de conciliación, los motivos o causas por las cuales está despidiendo el empleado.
Pero, ¿por qué razones nos podemos encontrar frente a un despido improcedente?
Razones o causas de un despido improcedente
¿Qué hace que un despido se considere improcedente? Existen varios motivos y razones que provocan que un despido sea considerado improcedente. Vamos a comentarlos.
1# No cumplir con los requisitos legales de despido
El procedimiento de despido se encuentra recogido dentro de los artículos 51-55 de la ley. Debemos tener en cuenta, que cada tipo de despido posee unas características y protocolo determinado de despido. No obstante, en todos, se debe cumplir lo siguiente:
- Presentar la carta de despido por escrito y en mano.
- Informar de los motivos y razones por las cuales se está llevando a cabo el despido.
- Fecha en que se hace efectiva dicho despido.
2# Las razones y motivos que da la empresa no justifican el despido
Cuando las razones y motivos específicos que da la empresa al empleado que está despidiendo no son suficientemente justificables, el empleado tiene derecho a recurrir por despido improcedente, puesto que es su palabra contra la de la empresa.
3# Cuando se considere que el despido se lleva a cabo por razones discriminatorias
Aparte de las dos razones mencionadas anteriormente, existen otro tipo de motivos que provocan que un despido se considere improcedente. Estas, pueden ser las conocidas como discriminatorias. Las causas son por:
- Motivos raciales, edad o sexo.
- Vulneración de los derechos fundamentales o libertades públicas.
- Vulnerar las condiciones de los representantes de los trabajadores.
- Vulnerar cualquier derecho relacionado con la maternidad y conciliación de vida familiar con la laboral.
¿Qué pasa si un despido se lleva a cabo con alguna de las causas expuestas en los puntos anteriores? Si se da este caso, el despido será nulo. Por tanto, el empleado tendrá derecho a ser readmitido. En caso de que la empresa no esté dispuesta a devolver su puesto de trabajo al empleado, deberá pagarle una indemnización.
A continuación vamos a profundizar en este tema, puesto que es de suma importancia tanto para el trabajador como para la empresa.
Consecuencias de un despido improcedente
Tal y como hemos comentado en el último párrafo del punto anterior, en caso de que se alegue que se está llevando a cabo un despido improcedente, el empresario dispone de 5 días para readmitir al empleado, o por lo contrario, indemnizarlo.
Se debe tener en cuenta,que en caso de que la empresa, al cabo de 5 días de haberse realizado el despido no ha contestado, quiere decir que no acepta ninguna de estas dos condiciones. Pero, ¿qué pasa si acepta uno de estos casos? Vamos a verlo.
1# Cuando la empresa decide readmitir al empleado
En caso de que la empresa opte por la opción de readmitir al trabajador deberá hacerlo con las mismas condiciones laborales que tenía antes de ser despedido. Además, se le deberán pagar los nombrados “salarios de tramitación”. Es decir, los días correspondientes desde que fue despedido hasta que ha sido readmitido, o en caso de recurrir a vía judicial, desde que el juez dictó la sentencia de despido improcedente. Sin embargo, en caso de que el trabajador cobrase ya una indemnización, debería devolver el salario de tramitación.
Otro factor a tener en cuenta, es que si la empresa está dispuesta a readmitir al empleado, debe comunicarlo en un plazo de 10 días. Además, debe hacerlo con las mismas condiciones y conservando la antigüedad y los derechos que tenía el empleado antes de ser despedido.
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¡Me interesa!Pero se debe ir con cuidado, puesto que se han dado casos de readmisión irregular. Es decir, que no se ha readmitido al empleado con las mismas condiciones que antes, y por tanto, este tiene derecho a recurrir por vía judicial. De esta manera, no será readmitido pero tendrá derecho a indemnización.
2# Cuando la empresa decide indemnizar al empleado en vez de readmitirlo
Una indemnización por despido improcedente es equivalente a 33 días de salario por año trabajado, a partir de la Reforma Laboral del 12 de febrero de 2012. Antes de la reforma, la indemnización por despido improcedente era de 45 días por año trabajado, hasta un máximo de 42 mensualidades. ¿Por qué es importante tener en cuenta esta reforma?
En caso de que el contrato de un empleado hubiera empezado antes de la reforma y terminara después de esta, tendrá un período donde se apliquen los 45 días por año trabajado y el otro los 33 días.
Una de las preguntas más frecuentes que se hacen los empleados es el derecho a paro, y sí, efectivamente, cuando se lleva a cabo un despido improcedente, también se tiene derecho a paro, pero siempre y cuando se cumplan los requisitos impuestos por el Servicios Público de Empleo Estatal.
¿Cómo actuar frente un despido improcedente?
Cuando un empleado es despedido, sin duda lo primero que debe hacer es valorar las causas, motivos y razones por los que lo han echado de su puesto de trabajo, y si estas son justificables, razonables y objetivas. De esa manera, podrá valorar si se trata de un despido improcedente o no.
En caso de que el empleado no encuentre razones válidas o justificables a su despido y considere que la empresa ha actuado de forma improcedente, deberá hacer lo siguiente.
Frente a un despido improcedente el empleado tiene dos opciones, aceptarlo o no aceptarlo. En caso de que lo acepte, tendrá 15 días para presentar la solicitud por desempleo. Pero en caso de no estar conforme con el despido, se deberá firmar la documentación que le presenta la empresa como “no conforme”, para poder iniciar acciones legales.
Es importante tener en cuenta que se disponen de 20 días hábiles para rebatir el despido y de 12 meses para exigir lo que la empresa le debe al empleado.
Si el empleado ha tomado ya una decisión respecto al punto anterior, deberá presentar su alegación en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación. Una vez hecho esto, el empleado y la empresa serán citados para intentar llegar a una acuerdo. En caso de que esto no sea posible, el empleado dispone de 20 días para presentar una demanda en el juzgado.
Por tanto, el juez será el que dictamine si se trata o no de un despido improcedente. En caso afirmativo, el empleado tendrá derecho a una indemnización.
¿Cómo calcular la indemnización de un despido improcedente?
En el post ya se ha mencionado, que después de la reforma de 12 de febrero de 2012, las indemnizaciones por despido improcedente han pasado de 45 días por año trabajado a 33 días y con un máximo de 24 mensualidades. Y que además, los empleados con una antigüedad anterior a la reforma laboral, tienen que calcular esta indemnización en dos tramos.
¿Quieres calcular la indemnización que te tocaría en caso de despido improcedente? A continuación tienes las operaciones que deberías realizar.
Se trata de una regla de tres. Si por 12 meses trabajados se tiene derecho a 33/45 días por X meses trabajados, se tiene derecho a X días. Estos días, deben multiplicarse por el salario por día, y ya sabremos la indemnización que nos toca.
Importante, la indemnización no debe superar el límite de 42/24 mensualidades. Si las supera, deberemos solo tener en cuenta hasta este límite.
¿Todavía tienes alguna duda sobre los despidos improcedentes? No dudes en comentarnos e intentaremos resolverlas.
¿Eres de los que quiere o lucha por los derechos de los trabajadores? ¿Que cree en las empresas justas y que tienen consideración por sus empleados? Pues quizás tu vocación es la de las Relaciones Laborales para garantizar el bienestar laboral. Si quieres saber más sobre Recursos Humanos y Relaciones Laborales y formarte en con el Master en RRHH Online. ¡Te esperamos!
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Hola llevo trabajando en la misma empresa desde 1 febrero de 1993, quisiera saber, en caso de despido improcedente cuál seria la indemnización que me correspondería por ley.
hola.. estuvo trabajando en una empreza. inicio 22/04/2019 hasta el 13/08/2020 y cogido covid19 y estado en quarentena por la baja sanitaria 14 dias y luego vuelvo ha mi puesto de trabajo dia 31/08/2020 con la alta del medico y encuentro con un despido improcedente y no tuvo garras para discutir con el jefe. y lo a firme la carta de despido pero despues passado 20 dias estuvo pensando con mas calma. y veo que mi jefe no actuado corecto comigo? y ahora decidido reclamar después los 20 dias.. de lo despido! gostaria que me comentara arespeito deste tema. que posibilidade tengo a reclamar del despido. Gracias espero una contestacion.
hola
he sido despedido el pasado dia 21 de abril 2020
con despido improcedente
y reconocido por la empresa mi indemnizacion.
tengo dudas si me han indemnizado con los 45/33 dias x año que estipula la ley.
podrian decirme desde el año 2000 en el que estaba trabajando en dicha empresa.?
el sueldo mensual es el que debo multiplicar por 45 hasta 2012 y de ahí hasta 2020 a 33 x dia?
muchas gracias.
Hola
que puedo hacer hoy estaba en mi trabajo y llego la jefa de recursos humanos y me dijo que por la situacion que esta pasando tenian la necesidad de racortar la plantilla de la tienda y me van a liquidar ingrese a la empresa el 08 del 2017 es una empresa grande me podrian orientar que puedo hacer tengo 50 años y pienso que es por la edad
Buenas noches, firme contrato laboral el 9 de marzo de 2020 dure 8 días en inducción y 8 el mis labores, después de esto empezó el aislamiento por el coronavirus, no tuve ningún llamado de atención, pe llaman notificando mi despido y la carta dice que es por que no cumplo con el perfil, puedo hacer algo al respecto, esto es un despido justificado o no
Hola Andrea, depende del tipo de contrato, ¿estabas en periodo de prueba? Si es que sí y el despido se te notificó dentro de este periodo, probablemente sea justificado, aunque hay muchas variables en juego. Ten en cuenta que el Gobierno ha sacado una nueva normativa de despidos con razón de la situación excepcional que estamos viviendo. Puedes verla aquí y buscar si tu situación cumple con los requisitos https://www.boe.es/eli/es/rdl/2020/03/17/8/dof/spa/pdf Un saludo.
Buenas:mi contrato dice que empieza del 1 de 1 de 2020 hasta 1 del 7 de 2020.con los dos primeros meses de prueba que ya pasaron.de un dia para otro me dejan sin trabajo,sin preaviso alguno ni nada y sin motivo justificando el despido.
Quisiera saber que debo hacer y si merece la pena hacer algo?.gracias de antemano.
Hola Benjamin, gracias por tu comentario. Frente a un despido improcedente el empleado tiene dos opciones, aceptarlo o no aceptarlo. En caso de que lo acepte, tendrá 15 días para presentar la solicitud por desempleo. Pero en caso de no estar conforme con el despido, se deberá firmar la documentación que le presenta la empresa como “no conforme”, para poder iniciar acciones legales. Espero que te sirva de ayuda, un saludo.
Hola tengo una pregunta pedi una baja voluntaria y al final antes de finalizar el periodo de los 15 dias avise que al final no queria la baja ya que no habia firmado nada porque la empresa que iban a contratarme por lo del coronavirus ya no trabajan. Entonces avise que no queria la baja pero no quieren retirarla sin yo haber firmado nada y e seguido trabajando. Quiero saber si puedo quedarme en la empresa ya que no e firmado nada o si me quedare sin trabajo. Soy fijo discontinuo 12 años. Gracias
Hola Francisco, gracias por tu comentario. En principio, al no haber firmado nada, no pueden hacerlo efectivo. Un saludo.
Hola buenas miren sucede que trabajo como guardia en un condominio y hubo un problema interno bastante grave por lo cual habrá un cambio de administracion mi pregunta es, si me despiden se considerará un despido improcedente o tiene derecho ah hacerlo.
Pd.trabajo para una empresa externa al condominio no sé si eso afectará en algo
Hola Rodrigo, muchas gracias por tu comentario, en este caso te recomiendo que lo hables con un asesor, explicándole detalladamente todo lo sucedido y ver cómo puedes proceder en caso de despido. Un saludo
Hola, yo estaba de vacaciones y empezaba a trabajar el 14 u el 13 a última hora me dijeron que me despedían, no deberían de avisar con varios días de antelación?
Y los motivos que alega son que como en nuevo gobierno le obliga a subirme el salario el no puede hacer frente a esa subida, pero un compañero me dijo que estaba buscando otra persona para mi puesto, esto es despido improcedente?
Gracias.
Hola Jairo, muchas gracias por tu comentario y en esta ocasión te recomiendo que lo hables con un asesor, una persona que pueda estudiar bien tu caso y que pueda ver las condiciones del contrato que firmaste y, así de esta manera, te pueda aconsejar correctamente. Un saludo
Hola, qué tal? Mi caso fue que llegué un domingo a trabajar y mi jefe tenía una mala leche y cuando estaba haciendo algo me dijo que ese no era mi trabajo que me fuera a casa, una encargada me dijo vete que te llamamos. Cuando llego el martes me encuentro con mi finiquito cuando no he renunciado Sino que me han echado. Les he dicho que no firmaría nada solo que pondría “no conforme” y haría una denuncia. Que debo hacer y a donde debo de ir? Me quiero dar lo que quieren cuando no he hecho ningún fallo.
Hola Alexandra, muchas gracias por tu comentario. En este caso te recomiendo que te dirijas a un abogado para que te asesore sobre como proceder. Un saludo
Buenas
Empeze a trabajar el 21 de octubre…. del 2019 (con un contrato indefinido) . El día 22 de noviembre me dice mi jefe k tiene k darme de baja…
Dias anteriores me habia preguntado s que hora tenia k levantarme para llegar a trabajar ( le dige a que hora m levantaba 4y media de la mañana.. ) .. pues a los 3 días me comenta lo mencionado anteriorme . Alegando que necesits alguien qur le abra el negocio y yo para abrirlo tendría qur levantarme muy pronto… ( cosa que no m consulto si m interesaba.. solo es media hora antes de lo habitual).
M notificó el despido un viernes a la hora de irme y fui el sabado s trabjarf
Mi pregunta es ¿si x un casual se le ocurre ponerme que m echa por no superar el periodo de prueba.como debo actuar? Firmar el despido como no conforme? .. no firmarlo directamente…
Solo llevaba un mes y 3 días
.muchas gracias
Hola Nere, muchas gracias por tu comentario, en este caso te recomiendo que antes de firmar el despido hables con un gestor que pueda analizar todo el caso y ver el contrato y que te aconseje los pasos a realizar. Un saludo
Hola, tengo una pequeña discapacidad auditiva y soy portadora de audifonos.En la entrevista les informé de mi situación que aún así me quisieron contratar y me han despedido en mi primer día de trabajo sin ninguna razón aparente, llegué más pronto de lo normal, hice todo lo que se me mandó incluso estando toda la mañana sola en la oficina. Todo lo hice correcto.Me llaman el mismo día por la tarde y me dicen que no cumplo con el perfil. Lo pueden hacer? Es imposible saber cómo trabaja una persona en su primer día de trabajo. Creo que fue discriminación por mi situación.
Que opinas? Gracias.
Hola Sonia, muchas gracias por tu comentario. Si que se puede despedir el primer día de trabajo pero se tendrían que ver los motivos. En este caso, te recomiendo que contactes con un asesor y le expongas tu caso y le enseñes también el contrato y que pueda valorar la situación. Un saludo
Hola. Hoy llegue. Al trabajo y me dijeron que me despidieron. Así de la nada. Cuáles. Serían mis beneficios. Que me pertenecen
Hola Joel, muchas gracias por tu comentario. En este caso deberíamos de saber qué contrato tienes y con qué condiciones lo firmaste. Si no estas conforme con el despido antes de firmarlo te recomiendo que lo hables con un abogado o un asesor. Un saludo
Tengo preguntas La carta del despido de la empresa no lo firme nada
también vale par Denunciar ??
Trabaje para subcontratas fijo con antigüedad 11años ,,bajo la producción y me despidieron y pusieron uno de la empresa contrata, por esto motivo feu el despedo
Hola, muchas gracias por tu comentario. En este caso te recomiendo que lo hables con un abogado viendo las cláusulas de tu contrato ya que se deberían saber las condiciones de tu contrato. Un saludo
soy fijo discontinuo desde el 2017 y el jefe me obligaba a enviarles watssap despues de mi horario de trabajo, cosa que no hacia por no estar obligado, debido a eso me cambio el turno en 2 horarios tarde y mañana, lo cual reclame al tamib, para sorpresa cuando le comunican a la empresa el dia de la conciliacion automaticamente me despiden sin ningun motivo y siendo un trabajador cumplidor y con buenas recomendaciones de clientes que han pasado `por el hotel,me quedan 2 años para el retiro, y tengo gravaciones donde mi jefe expresa que le tengo que enviar los watssap por jerarquia, ¿que debo hacer ahora?
Hola Julio Cesar, muchas gracias por tu comentario. En este caso te recomiendo que contactes con un abogado que te pueda indicar bien los pasos a seguir. Un saludo
muy buenas llevo 7 años trabajando 1 de ellos todos los meses nos renovaban es decir 6 años fijos me han despedido pero firme todos los papeles tengo que estar los 15 dias trabajando pues ya habia difrutado de las vacaciones hay algun problema puedo denuciar el despido por haber firmado los papeles aun estoy trabajando
Hola Antonio, gracias por tu comentario. Eso deberías de consultarlo con un abogado. Todo depende de las condiciones de tu contrato, las clausulas que hayas firmado… Nosotros eso no lo podemos saber a ciencia cierta. Un saludo
Hola tengo unas preguntas me han despedido ayer, vine de vacaciones y sin pre aviso ni nada me encontré que me llamaron y tenía la documentación para el despido, firme la documentación sin poner que no estaba de acuerdo abría algún problema
Hola José, gracias por tu comentario. Te comento, en este caso para poder realizar futuras reclamaciones, en el momento de firmar el despido, deberías de haber puesto un ‘no conforme’ tal y como comentamos en el post. Si no pusiste nada, es muy difícil reclamar ya que consta que estás de acuerdo con ese despido. Un saludo
Hola tengo un contrato por obra y servicio de 2 años y llevo un año y 1 mes trabajando y de repente me echan sin motivo justificable eso es un despido improcedente? Como puedo actuar se puede denunciar no he firmado nada
Gracias
Buenos días Javier. Te recomendamos que te pongas en contacto con un gestor que conozca tu caso de primera mano y te pueda dar una solución ajustada. Un saludo
Me han despedido y tengo dudas de como me tienen que indemnizar ya que he trabajado 8 años a jornado completa y estos 6 ultimos años a media jornada. Influye en la indemnización este hecho?
Saludos.
Hola Guillermo, gracias por tu comentario. En este caso tendrás que consultarlo con el servicio de empleo, donde te podrán decir si afecta o no a la indemnización. Un saludo
Hola trabajo en una peluquería y mi jefe sin previo aviso sin haber tenido problemas de indisciplina laborales sin nada que justifique esta injusticia que ha cometido me ha dicho que me presente en la gestoria que me ha tramitado la baja necesito ayuda no entiendo esta manera de proceder de mi jefe necesito orientación gracias
Hola, te aconsejamos que consultes tu caso con esta gestoría o si no acudir a otra ¡Mucha suerte!
Buenas tardes,
Mi empresa ahoga por las deudas va a entrar en concurso de acreedores y pretenden mandarnos a FOGASA, abrir una nueva empresa libres de deudas y de liquidaciones y volvernos a contratar…que opciones tengo ??
Hola Raquel, te recomendamos que consultes tu caso con un asesor que entienda las condiciones al detalle y pueda guiarte. ¡Un saludo!
Hola, soy fijo discontinuo estoy de baja por enfermedad común y la empresa aun no me he echo el llamamiento y yo se que la empresa empezó su actividad el 03/04/2019 y han puesto a otro en mi puesto, siendo yo el mas antiguo en la empresa.
En caso de que sea un despido improcedente y sigo de IT donde tengo que entregar los partes de la baja? por que por lo pronto al no estar de alta en empresa no me los cogen y en la Seguridad Social tampoco ya que termine de cobrar la prestación el día 16/03/2019
Si me despiden podre cobrar la baja y donde entregar los partes por IT.
Muchas gracias.
Hola Antonio, te recomendamos que consultes tu caso en particular en el servicio de empleo de tu ciudad, seguro te ofrecen una respuesta a tu medida ¡Un saludo!
Hola estoy de baja por accidente laboral, temo que cuando vuelva me van a despedir……. sería despido improcedente?
Buenos días María,
Según el tipo de contrato con el que cuentes. Tendrás que consultarlo.
Espero haberte ayudado.
Saludos.
Hola,estoy de baja medica por contigencias comunes la empresa cuando se ha enterado el dia siguente me hayan despedido del trabajo.tengo algun derecho,Gracias.
Hola Samuel, siento lo ocurrido, deberías plantear tu caso en el servicio de empleo de tu ciudad. Muchas suerte.
Hola buenos dias! Tengo una duda he trabajado el año pasado tres meses en la misma empresa superado los meses de prueba me vuelven contratar este año de nuevo. En el contrato otra vez existe periodo de prueba! Me despiden del segundo contrato(este año) porque estuve en IT por baja medica. Me despiden con NO SUPERAR EL PERIODO DE PRUEBA. En el Articulo 14 de ET y convenio colectivo pone que en el sugundo contrato no tengo que tener periodo de prueba! Mi pregunta es sera el Despido Improcente o Nulo? Gracias!
Buenos días Zhivko, te recomendamos que consultes tu caso con un asesor que conozca los detalles para ofrecerte una solución a tu medida. Un saludo
Buenas tardes, me han entregado un preaviso de despido con fecha de hace diez, habiéndose notificado el despido el mismo día que me han despedido. Debo de firmar cuando la Fecha de la notificación es de hace 10 días,?? Gracias
Hola Clara, deberías consultarlo con Recursos Humanos de la empresa, que te den todos los detalles al respecto. ¡Un saludo!
hola estaba de baja por una agresión hoy mismo me comunican mi despido estando de baja eso es posible quedándome 5 meses de contrato eso es despido improcedente entiendo poco de esto la verdad no tengo idea de que hacer
Hola Rocio, te recomendamos que consultes el caso con Recursos Humanos de tu empresa, también puedes acudir al servicio de empleo para que valoren tu caso y puedan darte una solución. ¡Mucha suerte!
En un despido improcedente hay que preavisar con 15 dias de antelacion?
Hola Elena,
La empresa no tiene que previsar. Espero haberte ayudado.
Saludos.
Al final lo suyo es que lleves tu contrato a un abogado de confianza que teniendo todas las condiciones sobre la mesa te diga como actuar y a que tienes derecho y a que no. Yo ya tuve una situación similar y me lo solucionaron
Tengo una duda.
Desde la fecha de la carta de despido hasta el acto de conciliación en el Semac, ¿quien se hace cargo de la nómina del trabajador? La empresa ó se inicia el cómputo del paro desde la fecha de la carta de despido?
Gracias.
Buenos días Leo.
¿Qué tal? Dependiendo de como quede el acuerdo de acto de conciliación en el Semac, la empresa debería indemnizar al trabajador o se deberá acudir al Fondo de Garantía Salarial cubre las indemnizaciones por despido.
Muchas gracias.
Un saludo.
Hola me despidieron según mi empresa por faltar 2 días resulta que el primer día que falte lunes 5 de agosto estaba autorizado por mi jefa y la carta de despido dice desde con fecha 6 de agosto no consideraron que el lunes 5 lo tenía autorizado
Fue por fuerza mayor mi hija estaba con licencia no tenía con quien dejarla estará bien el despido esa es mi consulta
Estará bien
Hola Maria, gracias por tu comentario. En este caso debería de mirar las condiciones de su contrato o hablarlo con un abogado. Cada empresa tiene sus normas y condiciones, en este caso no le podemos dar una respuesta clara.
Ola buenas noche mi ex jefe me despidió a sí derrepente X el artículo 160 dl código del trabajo teniendo yo un contrato indefinido y envié mis documento Pra definitiva me afectaría en algo lo firmo el finiquito???? Teniendo 7 meses n la empresa
Hola Angela, muchas gracias por tu comentario. Sintiéndolo mucho no te puedo ayudar, porque no sé si eres España o de América Latina, ya que los artículos pueden variar según el país. En este caso, te recomiendo que contactes con un asesor y se revise detalladamente el contrato para que te pueda aconsejar correctamente. Un saludo